martes, 7 de febrero de 2017

ARTICULO 269F

ARTICULO 269F : VIOLACION DE DATOS PERSONALES 
En tu que sin estar facultado para ello con provecho propio o de un tercero obtenga conpile sustraiga ofrezca venda intercambio envía compre interceptó divulge modifique entre códigos personales datos personales contenidos en ficheros archivos bases de datos o medios semejantes incurrira de presión de 48 a 96 meses y el multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

EJEMPLO : que sin autorización busque por sus propios medios o por ayuda de terceros información de otras personas en sus cosas privadas , lo malo seria divulgar toda esa informacion , muchas veces por errores vf información ajena pero el error esta en compartir las cosas privadas del otro.





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